Complemento de pago: qué es, cuándo se emite y plazos

Por Francisco Rodríguez

Contador Público · Maestro en Impuestos

Publicado el

Esta guía es informativa y general; no sustituye la asesoría de tu contador. Confirma tu caso particular con un profesional.

El complemento de pago (o Recibo Electrónico de Pago, REP) es un CFDI que documenta cuándo y cómo recibiste el pago de una factura que emitiste a crédito o en parcialidades. Solo aplica cuando la factura se emitió con método de pago PPD; si fue de contado (PUE), no lleva complemento. Es obligatorio, tiene plazo, y sin él tu cliente no puede deducir bien. Aquí te lo explicamos claro.

¿Qué es el complemento de pago?

Cuando vendes algo y te pagan después (a crédito, en parcialidades o de forma diferida), emites primero la factura de la venta y, cada vez que recibes un pago, emites un CFDI de tipo "Pago" con el complemento de pago. Ese comprobante dice: de qué factura se trata, cuánto te pagaron, cuándo y con qué forma de pago.

Sirve para dejar constancia del momento en que el dinero efectivamente entró — que es cuando, para efectos de flujo, se causan tus impuestos.

PUE o PPD: cuándo lleva complemento y cuándo no

Todo depende del método de pago que pusiste en la factura original:

Método de pago Cuándo se usa ¿Lleva complemento?
PUE — Pago en Una sola Exhibición Te pagan al momento de emitir la factura No
PPD — Pago en Parcialidades o Diferido Te pagan después (crédito, parcialidades) Sí, uno por cada pago que recibas

La regla es simple: si ya te pagaron, PUE; si te van a pagar después, PPD (y entonces habrá complemento por cada pago).

¿Quién lo emite y en qué plazo?

  • Quién: lo emite quien emitió la factura y recibe el pago (tú, el vendedor o proveedor).
  • Cuándo: a más tardar el quinto día natural del mes siguiente a aquel en que recibiste el pago. Si te pagaron el 20 de marzo, tienes hasta el 5 de abril.

¿Qué pasa si no emites el complemento de pago?

Tres cosas, y ninguna conviene:

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  1. Es una infracción. El SAT puede imponer multas por cada comprobante que faltó o que se emitió con errores.
  2. Tu cliente no puede deducir el gasto ni acreditar bien el IVA de esa operación → te lo va a reclamar hasta que lo emitas.
  3. Se te descuadra el IVA (que va por flujo) y tu contabilidad.

Nada de esto es para asustarse: es para no dejarlo pasar. El problema casi nunca es de mala fe — es que las facturas PPD cobradas se acumulan sin que te des cuenta.

¿Qué datos lleva el complemento?

Además de la fecha y la forma de pago (transferencia, efectivo, etc.), el complemento relaciona la factura que estás pagando con:

  • El folio fiscal (UUID) de esa factura.
  • El número de parcialidad.
  • El importe pagado, el saldo anterior y el saldo insoluto que queda.

Por eso, cuando hay parcialidades, hay que llevar bien la cuenta de cuánto se ha pagado y cuánto falta. La referencia técnica oficial es la Guía de llenado del complemento de pagos del SAT.

Los errores más comunes

  • Marcar todo como PUE por comodidad cuando en realidad te van a pagar después → cuando cobras, el complemento "se te olvida" y la operación queda mal.
  • No emitirlo dentro del plazo (el 5 del mes siguiente).
  • Equivocar los saldos de las parcialidades.
  • No llevar control de qué facturas PPD ya cobraste y cuáles siguen pendientes de complementar.

Cómo no perder de vista los complementos que faltan

Si emites a crédito, cada pago que recibes necesita su complemento — y es facilísimo que se acumulen. Aquí es donde la visibilidad cambia todo.

Veralty vigila tus facturas PPD y te dice, en el radar, cuáles ya cobraste pero siguen sin complemento de pago. Ese es el momento en que muchos descubren algo como: "traes 34 facturas sin complemento" — y las resuelven antes de que sean multa o de que el cliente las reclame.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el complemento de pago?
Es un CFDI de tipo "Pago" que documenta cuándo y cómo recibiste el pago de una factura emitida a crédito o en parcialidades (método PPD). Deja constancia del momento en que entró el dinero, que es cuando se causan tus impuestos por flujo.
¿Cuándo se emite el complemento de pago?
Solo cuando la factura se emitió con método de pago PPD (pago en parcialidades o diferido), es decir, cuando te pagan después. Si la venta fue de contado (PUE), no lleva complemento.
¿Cuál es el plazo para emitir el complemento de pago?
A más tardar el quinto día natural del mes siguiente a aquel en que recibiste el pago. Por ejemplo, si te pagaron en marzo, tienes hasta el 5 de abril para emitirlo.
¿Qué pasa si no emito el complemento de pago?
Es una infracción y el SAT puede multarte por cada comprobante faltante. Además, tu cliente no podrá deducir ni acreditar bien el IVA de esa operación, y se te descuadra el IVA y la contabilidad.
¿Quién emite el complemento de pago?
Lo emite quien expidió la factura y recibe el pago; es decir, el vendedor o proveedor. El cliente que paga no emite nada: solo recibe el complemento como comprobante.
¿Cuál es la diferencia entre PUE y PPD?
PUE (Pago en Una sola Exhibición) es cuando te pagan al momento de facturar y no lleva complemento. PPD (Pago en Parcialidades o Diferido) es cuando te pagan después y sí requiere un complemento por cada pago recibido.

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